Ayudas a la creación cultural extraordinarias y urgentes ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19): SUBSANACIÓN

 

TRÁMITE DE SUBSANACIÓN

 

Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por el que se declara el desistimiento y se procede al archivo de las solicitudes de subvención presentadas en la convocatoria 2020 para la reactivación del sector cultural en Andalucía en la línea de Apoyo a la creación de artística y en la línea a las salas y espacios culturales por cancelación de la programación, del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo

Resolución en PDF (316 KB en nueva ventana)

Publicación en web: 08/09/2020

 

Resolución de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por el que se declara finalizado el trámite de subsanación de las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones para la reactivación del sector cultural en Andalucía en la línea de Apoyo a la creación de artística y en la línea a las salas y espacios culturales por cancelación de la programación, del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, convocadas mediantes Resolución de 10 de junio de 2020  (BOJA nº. 115, de 17 de junio de 2020).

Resolución en PDF (203 KB en nueva ventana)

Publicación en web: 21/08/2020

 

Acuerdo de la Direccón de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por el que se realiza requerimiento para la subsanación de las solicitudes presentadas en el procedimiento de concesión de subvenciones para la reactivación del sector cultural en Andalucía en la línea de Apoyo a la creación de artística y en la línea a las salas y espacios culturales por cancelación de la programación, del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, convocadas mediantes Resolución de 10 de junio de 2020  (BOJA nº. 115, de 17 de junio de 2020).

Acuerdo en PDF (600 KB en nueva ventana)

Fecha publicación en web: 07/08/2020

 

Plazo para la presentación de las subsanaciones: el plazo para la subsanación de las faltas en las solicitudes presentadas y para aportar los documentos preceptivos, conforme se detalla en el Anexo de la resolución para cada solicitante, es de 10 días hábiles a contar desde las 13:30 h del mismo día de la publicación del presente requerimiento, finalizando el décimo día hábil a las 13:30 h.

  • Fecha del inicio del plazo de subsanación: 07/08/2020 a las 13:30 h.
  • Fecha del fin de plazo de subsanación: 21/08/2020 a las 13:30 h.

 

Vías de presentación de las subsanaciones

Para las personas físicas:

  • A través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (SOLO PARA QUIENES HAYAN PRESENTADO SU SOLICITUD POR ESTA VÍA), en la siguiente dirección: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC. Todos los documentos deben ser subidos en formato PDF (cualquier otro formato no será validado por el sistema).
  • A través del registro electrónico del Portal de Atención a la Ciudadanía (presentación electrónica general),  disponible en la pestaña “Servicios y Trámites” en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es//servicios.html. Todos los documentos deben ser subidos en formato PDF (cualquier otro formato no será validado por el sistema).
  • En cualquier registro oficial. Se pueden consultar los registros oficiales disponibles en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/oficinas-registros-documentos.html. Desde el 18 de mayo de 2020, la atención en las oficinas de la Junta de Andalucía se realizará con cita previa. Puedes solicitarla a través de la aplicación Cita Previa o llamando al 955 062 627. Cada servicio o presentación de documentos requiere una cita diferente.
  • En Correos, mediante envío certificado. En este caso se recuerda a las personas solicitantes que cuando depositen la documentación en Correos, DEBEN REQUERIR AL FUNCIONARIO/A DE ESA ENTIDAD QUE SELLE LA PRIMERA PÁGINA DE LOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS QUE SE PRESENTEN. Sin ese sello de Correos los documentos justificativos presentados podrían considerarse inválidos, ya que no quedaría constancia registral de su fecha de presentación. Se recomienda además que el envío se haga por correo certificado. La dirección de envío es: Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Edificio Estadio La Cartuja. Puerta M. Isla de la Cartuja. 41092 - Sevilla. Indicar siempre en el sobre o en el escrito que acompañe a los documentos justificativos lo siguiente:  ESCRITO DE SUBSANACIÓN - AYUDAS A LA CREACIÓN Y SALAS CULTURALES ANTE EL COVID-19.

Para las personas jurídicas únicamente se admite la presentación por medios telemáticos:

  • A través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC. Todos los documentos deben ser subidos en formato PDF (cualquier otro formato no será validado por el sistema).
  • A través del registro electrónico del Portal de Atención a la Ciudadanía (presentación electrónica general),  disponible en la pestaña “Servicios y Trámites” en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es//servicios.html. Todos los documentos deben ser subidos en formato PDF (cualquier otro formato no será validado por el sistema).

 

ACLARACIÓN IMPORTANTE: la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales no dispone de un registro oficial de la Junta de Andalucía, por lo que las solicitudes no se pueden presentar de forma presencial directamente en la Agencia.

 
Para cualquier consulta deben dirigirse al siguiente correo electrónico: subvencionescovid.aaiicc@juntadeandalucia.es