El Enclave Arqueológico de Ategua se caracteriza por conservar una estratigrafía arqueológica de más de 3000 años de antigüedad. El primer momento de habitación apunta a un posible origen calcolítico del sitio, determinado por la aparición de hallazgos superficiales si bien no se han documentado materiales contextualizados que confirmen tal hipótesis.
Las excavaciones arqueológicas han demostrado la existencia de una necrópolis y zona de hábitat correspondiente al Bronce Final, una ciudad amurallada tartésica, una gran ciudad íbera rodeada de un gran recinto amurallado y una ciudad romana republicana de la que se conocen un pórtico columnado, unas termas y varias casas de condición modesta articuladas a través de un decumano (calle con dirección Este-Oeste).
A partir del siglo I d.C, han podido demostrarse ocupaciones puntuales de los espacios durante los primeros años del Imperio y por las crónicas históricas sabemos de la presencia de personajes relevantes asociados a esta ciudad en el siglo IV. De momentos medievales se conoce una necrópolis fechada hacia los siglos VI-VIII y destaca una gran fortaleza militar de un momento posterior al siglo XI. Del siglo XIII es relevante la presencia de un mercado cristiano. La ciudad se abandona, según las fuentes escritas, hacia el siglo XV.
Ategua se hace un sitio en la historia por su rendición y capitulación tras un largo y duro asedio a manos de las tropas de César. Su toma propició la caída de la Colonia Patricia Corduba, en 45 a.C. Tras esta victoria, César continuó su exitoso periplo guerrero por suelo hispano, consiguiendo vencer a los partidarios de los hijos de Pompeyo en la batalla de Munda y tras ello, regresar triunfante a Roma. Meses más tarde sería asesinado.
OTROS DATOS GENERALES
Protocolo ante alertas meteorológicas
Por seguridad el enclave podrá cerrarse al público, especialmente los días que se observen inclemencias meteorológicas extremas. Se ruega confirmar la apertura previamente y evitar exponerse ante cualquier riesgo.
Condiciones para la visita pública
Por razones de conservación de las colecciones patrimoniales, así como por motivos de seguridad de las personas y las instalaciones, se establece la siguiente condición para la visita pública:
- En virtud de lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, no está permitida la entrada con animales, a excepción de los perros de asistencia a personas con discapacidad, y siempre según las estipulaciones contenidas en la normativa vigente en dicha materia.
Servicio de obtención de imágenes, copias y reproducciones de bienes culturales
Para la realización de fotografías y grabaciones de los enclaves gestionados por la Junta de Andalucía es necesario obtener una autorización, a través del siguiente formulario:
Acceso a la solicitud de reproducciones y autorización imágenes, copias y reproducciones
Presentar una sugerencia o reclamación
Las personas interesadas en formalizar una sugerencia o reclamación, pueden hacerlo mediante el formulario electrónico disponible en la siguiente página:
Libro de sugerencias y reclamaciones