Se concede un plazo de diez días para que, utilizando el formulario-anexo II recogido en la citada Orden, las entidades beneficiarias puedan alegar, reformular su solicitud o comunicar su aceptación.
El Anexo II se presentará electrónicamente por un medio oficial dirigido a la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa.
Nodo: sv0205.ced.junta-andalucia.es