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Las Asociaciones disponen de 5 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación en la Web de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, a través del Anexo II (Formulario de Alegaciones / Aceptación / Reformulación y Presentación de Documentos) para:

  • Presentar Alegaciones.
  • Reformular su solicitud.
  • Comunicar su aceptación o renuncia a la subvención propuesta.


Las Asociaciones incluidas en los Anexos I (Relación Provisional de Beneficiarias) y Anexo II (Relación Provisional de Beneficiarias Suplentes) deberán presentar junto al Formulario Anexo II la siguiente documentación:

  • Declaración Expresa Responsable.
  • Copia del C.I.F. de la Asociación.

Se recuerda que las AMPA provisionalmente beneficiarias de la subvención deben tener dada de alta en el sistema informático de la Administración de la Junta de Andalucía (GIRO) la cuenta bancaria que indican en su solicitud de subvención. Para solicitar el alta bancaria, debe accederse, mediante certificado digital, a la Oficina Virtual de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda. En caso de que el acreedor no dispusiera de Certificado Digital, puede presentar su solicitud de alta (adjuntando un certificado bancario que acredite que la titularidad de la cuenta le corrresponde) en cualquier registro administrativo, dirigido a la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública y sus Tesorerías provinciales de la Junta de Andalucía

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